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México · Aportes y retenciones

Valores vigentes de México 2026 para la nómina: salario mínimo, UMA, IMSS, INFONAVIT e ISR

En 2026 el salario mínimo es de $315.04 diarios ($440.87 en la frontera norte), la UMA de $117.31 y el tope del IMSS de $2,932.75 (25 UMA). Cesantía y vejez cuesta al patrón del 3.150 % al 7.513 %. Un sueldo de $15,000 al mes cuesta $18,853.11. El mínimo cambia el 1 de enero; la UMA, el 1 de febrero.

Por Said Marraoui, fundador de Quincenea · Revisada el · Cada cifra con su fuente oficial, sin firma de abogado ni contador

Los valores de 2026 en una tabla

ConceptoValor 2026FundamentoVigencia
Salario mínimo general$315.04 diariosCONASAMI, DOF 09-12-20251-ene al 31-dic-2026
Salario mínimo, Zona Libre de la Frontera Norte$440.87 diariosCONASAMI, DOF 09-12-20251-ene al 31-dic-2026
UMA diaria$117.31INEGI1-feb-2026 al 31-ene-2027
UMA mensual (× 30.4)$3,566.22INEGI1-feb-2026 al 31-ene-2027
UMA anual (× 12)$42,794.64INEGI1-feb-2026 al 31-ene-2027
Tope del salario base de cotización (25 UMA)$2,932.75 diariosLSS art. 28Sigue a la UMA
Excedente del seguro de enfermedades (3 UMA)$351.93 diariosLSS art. 106 fr. IISigue a la UMA
Límite del subsidio para el empleo$11,492.66 al mesDecreto DOF 31-12-2025Desde el 1-ene-2026
Prima de antigüedad, salario tope (2 mínimos)$630.08 diarios ($881.74 en la frontera)LFT arts. 162 y 486Sigue al mínimo

La UMA mensual es la diaria por 30.4 y la anual, la mensual por 12 (Ley para Determinar el Valor de la UMA, art. 4). Donde una ley todavía dice «salario mínimo» como unidad de cuenta, como el artículo 28 de la Ley del Seguro Social, se lee UMA (transitorio tercero del decreto DOF 27-01-2016).

Cuotas del IMSS y del INFONAVIT, con su artículo

Van sobre el salario base de cotización (SBC), que integra el aguinaldo, la prima vacacional y otras prestaciones (LSS art. 27), con tope de 25 UMA (art. 28). La cuota fija va sobre la UMA.

Seguro o ramoPatrónTrabajadorBaseLSS
Enfermedades y maternidad, cuota fija20.40 %0UMA por díaArt. 106 fr. I y transitorio 19.º
Enfermedades y maternidad, excedente1.10 %0.40 %SBC menos 3 UMAArt. 106 fr. II y transitorio 19.º
Prestaciones en dinero0.70 %0.25 %SBCArt. 107
Gastos médicos de pensionados1.05 %0.375 %SBCArt. 25
Invalidez y vida1.75 %0.625 %SBCArt. 147
Riesgos de trabajoDe 0.5 % a 15 %0SBCArts. 71 a 74
Guarderías y prestaciones sociales1 %0SBCArt. 211
Retiro2 %0SBCArt. 168 fr. I
Cesantía en edad avanzada y vejez3.150 % a 7.513 %1.125 %SBCArt. 168 fr. II
INFONAVIT5 %0SBCLey del INFONAVIT art. 29 fr. II

El artículo 106 todavía dice 13.9 % y 6 %: el transitorio décimo noveno de la ley de 1995 movió esas tasas cada año hasta 2007, y de ahí salen el 20.40 %, el 1.10 % y el 0.40 %. La prima de riesgos de trabajo es de cada empresa: al inscribirse paga la prima media de su clase, 0.54355 % en la clase I (art. 73), y luego la revisa cada año con su siniestralidad.

Si la persona gana el salario mínimo, el patrón paga también su cuota obrera (art. 36). Las cuotas del mes se pagan a más tardar el día 17 del mes siguiente (art. 39); retiro, cesantía y vejez se siguen pagando cada dos meses (transitorio vigésimo séptimo).

Cesantía y vejez: el tramo de 2026 y lo que sube en 2027

La reforma de pensiones publicada en el DOF el 16 de diciembre de 2020 sube la cuota patronal de cesantía y vejez cada 1 de enero, de 2023 a 2030, según cuántas UMA gane la persona (transitorio segundo). Esta es la tabla para 2026 y 2027:

SBC de la persona20262027
1.0 salario mínimo3.150 %3.150 %
1.01 mínimos a 1.50 UMA3.676 %3.807 %
1.51 a 2.00 UMA4.851 %5.276 %
2.01 a 2.50 UMA5.556 %6.157 %
2.51 a 3.00 UMA6.026 %6.745 %
3.01 a 3.50 UMA6.361 %7.164 %
3.51 a 4.00 UMA6.613 %7.479 %
4.01 UMA en adelante7.513 %8.603 %

El mínimo de 2026 equivale a 2.69 UMA: quien gana más del mínimo cae del tramo de 2.51 UMA en adelante. La cuota del trabajador sigue en 1.125 %. En 2030 el tramo más alto llega a 11.875 %.

Ejemplo: cuánto cuesta un trabajador de $15,000 al mes

Una persona con $15,000 al mes, en su primer año (15 días de aguinaldo, 12 de vacaciones con prima del 25 %), en una empresa de clase I. Junio de 2026, 30 días.

  1. Salario diario: $15,000 ÷ 30 = $500 (LSS art. 29 fr. II).
  2. SBC: se suman 15 días de aguinaldo y 3 de prima vacacional (25 % de 12) a los 365 del año: $500 × 383 ÷ 365 = $524.66, 4.47 UMA. Le toca el 7.513 % de cesantía y vejez.
  3. Base del mes: $524.66 × 30 = $15,739.80. El excedente de 3 UMA: ($524.66 − $351.93) × 30 = $5,181.90.
ConceptoCuentaPatrón
Cuota fija$117.31 × 30 × 20.40 %$717.94
Excedente$5,181.90 × 1.10 %$57.00
Prestaciones en dinero$15,739.80 × 0.70 %$110.18
Gastos médicos de pensionados$15,739.80 × 1.05 %$165.27
Invalidez y vida$15,739.80 × 1.75 %$275.45
Riesgos de trabajo, clase I$15,739.80 × 0.54355 %$85.55
Guarderías$15,739.80 × 1 %$157.40
Retiro$15,739.80 × 2 %$314.80
Cesantía y vejez$15,739.80 × 7.513 %$1,182.53
INFONAVIT$15,739.80 × 5 %$786.99
Total patronal$3,853.11

El costo del mes es $15,000 + $3,853.11 = $18,853.11, un 25.69 % sobre el sueldo, más el impuesto sobre nómina, cuya tasa fija cada estado.

Al trabajador se le descuentan $394.54 de cuotas (20.73 + 39.35 + 59.02 + 98.37 + 177.07) y $1,402.82 de ISR, sin subsidio porque gana más de $11,492.66. Recibe $13,202.64.

En enero de 2027 la misma persona pasa al 8.603 % de cesantía y vejez: $1,354.09 en un mes de 30 días, $171.56 más, aunque su sueldo no cambie.

ISR y subsidio para el empleo en 2026

La retención mensual usa la tarifa del artículo 96 actualizada en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026 (DOF 28-12-2025): del 1.92 % hasta $844.59 al 35 % desde $425,642.00. La tabla completa está en la guía de ISR del aguinaldo 2026.

El subsidio para el empleo de 2026 es una cantidad fija: el 15.02 % de la UMA mensual, $535.65 desde febrero, para quien gana hasta $11,492.66 al mes (decreto DOF 31-12-2025). En enero se usó el 15.59 % de la UMA de 2025. A quien gana solo el salario mínimo no se le retiene ISR (LISR art. 96).

Lo que no paga ISR: aguinaldo, prima vacacional y PTU

PagoExento en 2026LISR art. 93 fr. XIV
Aguinaldo30 UMA: $3,519.30Por año de calendario
Prima vacacional15 UMA: $1,759.65Por año de calendario
PTU15 UMA: $1,759.65Por el reparto
Prima dominical1 UMA por domingo: $117.31Por cada domingo trabajado

La ley dice «salario mínimo general»; por la desindexación de 2016 se lee en UMA (transitorio tercero del decreto DOF 27-01-2016).

Las fechas: el aguinaldo se paga antes del 20 de diciembre (LFT art. 87), el 19 de diciembre de 2026 como último día. La PTU se paga dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que vence el impuesto anual (LFT art. 122): las personas morales declaran a más tardar el 31 de marzo y pagan la PTU a más tardar el 30 de mayo; las personas físicas con empleados declaran en abril y pagan a más tardar el 29 de junio.

Cuándo cambia cada valor

ValorCuándo cambiaQuién lo publica
Salario mínimo1 de eneroCONASAMI, resolución en diciembre, DOF a más tardar el 31 de diciembre (LFT arts. 570 y 571)
Cesantía y vejez1 de enero, hasta 2030Ya está en la ley (transitorio del DOF 16-12-2020)
Subsidio para el empleoCuando se publica un decreto; los de 2025 y 2026 rigieron desde el 1 de eneroPresidencia, DOF
UMA, tope de 25 UMA y exenciones1 de febreroINEGI, DOF en los primeros 10 días de enero (Ley de la UMA, art. 5)
Tarifa del ISRCuando la inflación acumulada pasa del 10 % (LISR art. 152)SAT, Anexo 8 de la Resolución Miscelánea

En enero de 2027 regirá el salario mínimo nuevo con la UMA de $117.31: los topes del IMSS, la cuota fija y las exenciones de enero se calculan todavía con la UMA de 2026.

Al 20 de octubre de 2026 no se han publicado el salario mínimo ni la UMA de 2027. Cualquier cifra de 2027 que veas antes del DOF es un anuncio o un cálculo, no la oficial.

Errores frecuentes

  • Cambiar la UMA el 1 de enero. Cambia el 1 de febrero.
  • Usar la tabla de cesantía de otro año. El porcentaje sube cada enero aunque el sueldo no cambie.
  • Calcular las cuotas sobre el sueldo y no sobre el SBC. El aguinaldo y la prima vacacional lo integran.
  • Usar 0.54355 % de riesgo de trabajo para siempre. Es la prima de entrada de la clase I; la tuya cambia con tu siniestralidad.
  • Descontarle cuota obrera a quien gana el mínimo. La paga el patrón.

Si llevas la nómina

Los valores cambian dos veces al inicio de cada año y en días distintos. Quincenea calcula el aguinaldo y el finiquito con el salario mínimo y la UMA vigentes, separa la parte exenta de ISR y pone en el calendario legal el pago de cuotas del IMSS de cada día 17, el aguinaldo y la PTU. Las cuotas del IMSS se siguen determinando en el SUA o en tu sistema de nómina.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el salario mínimo en México en 2026?

El salario mínimo general es de $315.04 diarios y en la Zona Libre de la Frontera Norte de $440.87, desde el 1 de enero de 2026 (Resolución de la CONASAMI, DOF 9 de diciembre de 2025). Al mes, con 30.4 días, son $9,577.22 y $13,402.45.

¿Cuánto vale la UMA en 2026?

La UMA diaria vale $117.31, la mensual $3,566.22 y la anual $42,794.64, del 1 de febrero de 2026 al 31 de enero de 2027, según el INEGI. En enero de 2026 seguía la de 2025.

¿Cuál es el tope del salario base de cotización del IMSS en 2026?

Son 25 UMA: $2,932.75 diarios desde el 1 de febrero de 2026 (LSS art. 28). En enero de 2026 era de $2,828.50, con la UMA de 2025. Lo que una persona gane por encima del tope no paga cuotas del IMSS ni del INFONAVIT.

¿Cuánto paga el patrón de cesantía y vejez en 2026?

Del 3.150 % al 7.513 % del SBC, según cuántas UMA gane la persona (transitorio segundo del decreto DOF 16-12-2020). En 2027 el tramo más alto sube al 8.603 %. El trabajador paga 1.125 %.

¿Cuándo cambian el salario mínimo y la UMA en 2027?

El salario mínimo de 2027 rige el 1 de enero y la CONASAMI lo publica en el DOF a más tardar el 31 de diciembre. La UMA de 2027 rige el 1 de febrero; el INEGI la publica en los primeros diez días de enero.

¿Hay subsidio para el empleo en 2026?

Sí. Es el 15.02 % de la UMA mensual, $535.65 al mes desde febrero, para ingresos de hasta $11,492.66 mensuales (decreto DOF 31-12-2025). Se resta del ISR del mes. A quien gana solo el salario mínimo no se le retiene ISR (LISR art. 96).

Fuentes oficiales

  1. DOF 09-12-2025 · Resolución de la CONASAMI, salarios mínimos 2026 (SIDOF, SEGOB). $315.04 general y $440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte
  2. INEGI · Valor de la UMA 2026. $117.31 diaria, $3,566.22 mensual y $42,794.64 anual desde el 1-feb-2026
  3. Ley para Determinar el Valor de la UMA (Cámara de Diputados). Arts. 4 y 5: cálculo y vigencia desde el 1 de febrero
  4. Ley del Seguro Social, texto vigente (Cámara de Diputados, última reforma DOF 15-01-2026). Arts. 25, 27 a 29, 36, 39, 71 a 74, 106, 107, 147, 168 y 211; transitorios de 1995 y del decreto DOF 16-12-2020
  5. Ley del INFONAVIT, texto vigente (Cámara de Diputados). Art. 29 fr. II: aportación del 5 %
  6. Ley del Impuesto sobre la Renta, texto vigente (Cámara de Diputados). Arts. 9, 76, 93 fr. XIV, 96, 150 y 152
  7. DOF 27-01-2016 · Decreto de desindexación del salario mínimo (Cámara de Diputados). Transitorio tercero: las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta se leen como UMA
  8. Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, DOF 28-12-2025 (SAT). Fracción V: tarifa mensual de 2026
  9. DOF 31-12-2025 · Decreto que modifica el diverso que otorga el subsidio para el empleo. 15.02 % de la UMA mensual, ingresos de hasta $11,492.66
  10. Ley Federal del Trabajo, texto vigente (Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-05-2026). Arts. 87, 122, 162, 486, 570 y 571

Revisada el 20 de octubre de 2026 contra el texto oficial. Es información general: para un caso con juicio, salario variable o prestaciones superiores a la ley, consulta a tu abogado laboral o a tu contador. Si ves un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos.

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