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México · Formato descargable

Recibo de pago de aguinaldo: formato para México

El recibo de aguinaldo es la prueba de que pagaste: si hay un reclamo, la empresa tiene que demostrar el pago (LFT art. 784, fr. IX) y debe guardar el comprobante hasta un año después de que termine la relación (art. 804). Debe decir los días trabajados, los días de aguinaldo, el bruto, la parte exenta de ISR, lo retenido, el neto y la fecha, con la firma de la persona.

Revisado el · Cada requisito con su artículo de la Ley Federal del Trabajo

Gratis y sin registro. Se abre en Word y en Google Docs.

Este formato se preparó con apoyo de inteligencia artificial y no es asesoría de un abogado. Revísalo con tu abogado laboral antes de usarlo.

Para qué sirve el recibo de aguinaldo

El aguinaldo se paga antes del 20 de diciembre: en 2026, a más tardar el sábado 19 (LFT art. 87). Pagarlo es la mitad del trabajo. La otra mitad es poder demostrarlo. Si una persona reclama que no le pagaron, la ley no le pide a ella que pruebe que no cobró: le pide a la empresa que pruebe que pagó (art. 784, fracción IX).

Por eso el recibo firmado vale más que la transferencia sola. La transferencia dice que salió dinero de tu cuenta. El recibo dice cuánto era de aguinaldo, de qué año, con cuántos días y con qué salario. Si la persona cobra en el mismo depósito la quincena y el aguinaldo, sin recibo no hay forma clara de separar una cosa de otra.

Úsalo para toda la plantilla, también para quien cobra el proporcional en su finiquito. En ese caso el finiquito ya lleva el aguinaldo como un concepto aparte, con sus días, y este recibo no hace falta.

Qué datos lleva

La ley no fija un modelo de recibo. Estos son los datos que lo hacen útil en una revisión o en un juicio, y los que trae el formato:

DatoPor qué va
Empresa: razón social, RFC y registro patronalQuién paga, como aparece en el IMSS
Persona: nombre, CURP, puesto y fecha de ingresoA quién se paga y desde cuándo cuenta su año
Año del aguinaldo y días trabajadosSi no trabajó el año completo, se paga la parte proporcional (art. 87)
Días de aguinaldo y salario diarioLa cuenta: días × salario diario
Bruto, parte exenta, parte gravada e ISR retenidoQue la persona vea por qué recibe menos que el bruto
Neto, forma y fecha de pagoQue se pagó y que fue antes del 20 de diciembre
Firma de la persona y de la empresaEs lo que convierte el papel en prueba

El formato trae dos párrafos opcionales: uno para decir que el monto es proporcional y otro para anotar otros pagos hechos en el mismo acto, como la quincena.

Cómo sacar las cifras

La cuenta del aguinaldo de ley es corta. Con el año completo, 15 días de salario. Si no, la parte proporcional:

Días de aguinaldo = 15 × días trabajados en el año ÷ 365

Ejemplo: una persona entró el 1 de julio de 2026 y gana $12,000 al mes, es decir, $400 diarios. Trabajó 184 días del año. Le tocan 15 × 184 ÷ 365 = 7.56 días: $3,024.66 de aguinaldo bruto.

De ese bruto, hasta 30 UMA no paga ISR (LISR art. 93, fracción XIV). En 2026 son $3,519.30, así que en este ejemplo todo es exento y el neto es igual al bruto. Cuánto se retiene cuando el aguinaldo pasa de esa cantidad lo calcula tu nómina; la guía del ISR del aguinaldo explica las dos formas. Para cada persona, la calculadora de aguinaldo te da los días y separa la parte exenta.

Cómo llenarlo

  1. Ciudad y fecha. La del día en que la persona firma.
  2. Empresa. Razón social, RFC y registro patronal, como en tus registros del IMSS.
  3. Persona. Nombre completo como en su alta, CURP, puesto y fecha de ingreso real, no la del último contrato.
  4. Días. Días trabajados en el año y días de aguinaldo. Si tu contrato da más de 15, usa los del contrato.
  5. Montos. Bruto, exento, gravado, ISR retenido y neto, iguales a los de tu nómina. Si no hubo retención, pon 0.
  6. Pago. Forma (transferencia, cheque o efectivo) y fecha. Si fue por transferencia, guarda también el comprobante del banco.
  7. Firmas. Que firme la persona y quien paga por la empresa. Entrega una copia y guarda la otra en su expediente.

Cuánto tiempo guardarlo

El artículo 804 obliga a la empresa a conservar y exhibir en juicio los comprobantes de pago de aguinaldo. El plazo es el último año y hasta un año después de que termine la relación de trabajo.

En la práctica, guárdalos mientras la persona trabaje contigo y un año más después de su salida. Un recibo escaneado y bien nombrado en el expediente de la persona te ahorra buscar papeles el día que alguien pregunta.

Si llega diciembre y no pagaste a alguien, no esperes a que reclame. La guía de qué pasa si no se paga el aguinaldo explica los plazos y las multas.

Errores frecuentes

  • Frases de renuncia. «No me reservo acción ni derecho alguno» no sirve: la renuncia de derechos de la persona trabajadora es nula (LFT art. 33). El recibo solo acredita lo que se pagó.
  • Recibo sin días. Un recibo que solo dice «aguinaldo» sin días trabajados ni días pagados no deja ver si se pagó completo.
  • Montos distintos a la nómina. Si el recibo dice una cifra y la nómina otra, el recibo pierde fuerza.
  • Firmar en blanco. Que la persona firme un recibo sin cifras es una mala práctica y no protege a nadie.
  • Pagar el 21. El recibo con fecha posterior al 19 de diciembre de 2026 prueba el pago, y también que fue tarde.

Vista previa y descarga

Este es el texto completo del formato. Lo que está entre corchetes es lo que llenas tú; lo marcado como [Opcional] se deja o se borra según tu caso.

Recibo de pago de aguinaldo

[Ciudad], a [Fecha].

Recibí de [Razón social de la empresa], con RFC [RFC de la empresa] y registro patronal [Registro patronal ante el IMSS], la cantidad neta de $ [Neto pagado] en moneda nacional, por concepto de aguinaldo del año [Año del aguinaldo], conforme al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, con el detalle siguiente:

Persona trabajadora[Nombre completo de la persona]
CURP[CURP]
Puesto[Puesto]
Fecha de ingreso[Fecha de ingreso]
Días trabajados en el año que se paga[Días trabajados en el año]
Días de aguinaldo que se pagan[Días de aguinaldo que se pagan]
Salario diario$ [Salario diario]
Aguinaldo bruto$ [Aguinaldo bruto]
Parte exenta de ISR$ [Parte exenta de ISR]
Parte gravada$ [Parte gravada]
ISR retenido$ [ISR retenido]
Neto pagado$ [Neto pagado]
Forma de pago[Forma de pago]
Fecha de pago[Fecha de pago]

[Opcional: solo si la persona no trabajó el año completo; si no, borra este párrafo] El monto es la parte proporcional a los días trabajados en el año: días de aguinaldo × días trabajados ÷ 365 × salario diario (artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo).

[Opcional: solo si en el mismo acto se paga algo más, como la quincena; si no, borra este párrafo] Otros pagos que se hacen en el mismo acto: [Otros pagos en el mismo acto (opcional)].

Firmo este recibo para hacer constar el pago de las cantidades que aquí se detallan.

Recibí

[Nombre completo de la persona]

Firma

Por la empresa

[Nombre de quien firma por la empresa]

[Cargo de quien firma]

Descargar en Word (.docx) Sin registro ni correo.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio dar recibo del aguinaldo?

La ley no fija un modelo, pero la empresa tiene que probar el pago si hay un reclamo (LFT art. 784, fracción IX) y conservar los comprobantes de pago de aguinaldo (art. 804, fracción IV). El recibo firmado es la forma más clara de hacerlo.

¿Qué debe decir un recibo de aguinaldo?

El año, los días trabajados, los días de aguinaldo, el salario diario, el bruto, la parte exenta y la gravada, el ISR retenido, el neto, la forma y la fecha de pago, y las firmas de la persona y de la empresa.

¿Cuánto tiempo hay que guardar el recibo de aguinaldo?

El último año y hasta un año después de que termine la relación de trabajo (LFT art. 804). Lo prudente es guardarlo en el expediente mientras la persona trabaje contigo y un año más.

¿El recibo puede decir que la persona no se reserva ninguna acción?

No conviene: la renuncia de derechos de la persona trabajadora es nula (LFT art. 33). El recibo solo debe acreditar lo que se pagó.

¿Cuánto del aguinaldo va como parte exenta en el recibo?

Hasta 30 UMA (LISR art. 93, fracción XIV): $3,519.30 en 2026. Lo que pase de esa cantidad va como parte gravada.

Fuentes oficiales

  1. Ley Federal del Trabajo, texto vigente (Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-05-2026). Artículos 33, 87, 784, fracción IX, y 804, fracción IV
  2. Ley del Impuesto sobre la Renta, texto vigente (Cámara de Diputados). Artículo 93, fracción XIV (exención de 30 UMA)

Revisado el 1 de noviembre de 2026 contra el texto oficial. Este formato se preparó con apoyo de inteligencia artificial y no es asesoría de un abogado. Revísalo con tu abogado laboral antes de usarlo. Si ves un dato desactualizado, escríbenos y lo corregimos.

El recibo de cada persona, con sus datos ya puestos

En Documentos legales este mismo formato sale con los datos de la ficha de la persona y de tu empresa. Escribes los montos de tu nómina, lo descargas en PDF y lo subes a su expediente.

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